I Premio de Poesía Marpoética de Marbella

I Premio de Poesía Marpoética de Marbella

 (CONVOCATORIA CERRADA)

 

BASES

1.- Objeto
El Área de Cultura, del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, con el objeto de promocionar e impulsar la cultura, convoca, el «I Premio Internacional de Poesía Marpoética», en lengua castellana, abierto a autores de cualquier nacionalidad.
La presente convocatoria de premio tiene por objeto regular la concesión del mismo, en régimen de concurrencia competitiva, utilizándose como Base Reguladora, la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones, regulada por la Ley 38/2003 y aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 30 de septiembre de 2005, y publicada en el BOP Málaga nº 234, de fecha 12 de diciembre de 2005, sin perjuicio de las Bases Específicas que en la presente se establecen, y en todo caso, con sujeción, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de la convocatoria no resulte aplicable, a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003, General de Subvenciones (RLGS), así como el Presupuesto Municipal para 2023, y sus Bases de Ejecución, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado.
La concesión del premio objeto de convocatoria, por aplicación de la referida normativa, se otorgará con sujeción a los principios de concurrencia, publicidad, transparencia, objetividad y no discriminación.
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2.- Participantes
A este premio pueden optar autores de cualquier edad y nacionalidad.
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3.- Dotación económica del premio y publicación de la obra
La obra que resulte premiada recibirá una dotación económica de veinte mil euros (20.000,00 €) y será objeto de publicación en la «Colección Visor de Poesía».
El importe del premio se ejecutará con cargo al ejercicio presupuestario 2024, quedando la presente convocatoria supeditada a la existencia de crédito presupuestario.
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4.- Formato de la obra
La obra a presentar dispondrá de un mínimo de trescientos versos en castellano. Tanto el tema como la métrica son libres. Cada autor podrá presentar un único poemario.
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5.- Presentación de la solicitud de participación
La presentación de la solicitud de participación, que implicará la aceptación y sujeción, por parte del solicitante, a las condiciones, requisitos y obligaciones establecidas en la presente convocatoria y sus bases reguladoras, se llevará a efecto en la web www.marbella.es/web/cultura/marpoetica.html, desde el día 1 de diciembre de 2022, hasta el día 17 de abril de 2024 a las 23:59 CET, fecha en que se cerrará el plazo de inscripción.
La inscripción, a través de la página web se llevará a efecto:
1.- Existirá un formulario online que requerirá la siguiente información personal del autor de la obra: Nombre y apellidos Número de DNI (o pasaporte, tarjeta de residencia, etc), fecha de nacimiento, correo electrónico y teléfono de contacto. En ese mismo formulario habrá de adjuntarse la siguiente documentación:
  •  En caso de que el autor sea menor de 18 años, habrá de acompañarse, debidamente cumplimentada, autorización del padre, tutor o representante legal, adjunta a la presente convocatoria, como Anexo I, junto con imagen, en formato PDF o JPG, de un documento oficial de identidad del otorgante de la autorización (pasaporte, DNI, tarjeta de residencia…)
Deberá leer y confirmar las siguientes declaraciones:
  • Declaración responsable de que la obra es propia, inédita y no ha resultado premiada.
  • Declaración responsable del autor, de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Corporación Local, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, y de no estar incurso en las circunstancias que imposibilitan para ser beneficiario/a de la subvención previstas en el art. 5 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones y en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones. En caso de tratarse de participante menor de edad, estas declaraciones habrán de ser suscritas por su representante legal, en nombre de aquel.
2.- Dentro del formulario, en el apartado específico, habrá de insertarse el título de la obra, y adjuntar ésta en formato PDF, sin firmar y sin datos personales. Una vez registrada la solicitud de participación, se generará, de forma automática, un código de participación, al objeto de salvaguardar el anonimato de los participantes.
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6.- Obra inédita
La obra presentada deberá ser inédita y no premiada. El autor se compromete a garantizar, con total indemnidad par el Ayuntamiento de Marbella, Área de Cultura, la autoría y originalidad de la obra, y que no es copia ni modificación total o parcial de ninguna otra propia o ajena.
Si el autor hubiera presentado la obra simultáneamente a otro concurso, y durante la celebración de éste obtuviera un premio en aquel, habrá de notificarlo inmediatamente al Área de Cultura del Ayuntamiento de Marbella, al objeto de retirar su participación en el concurso. En caso de no llevarse a efecto dicha notificación, motivará, en caso de resultar premiado, la retirada del premio.
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7.- Fechas
Las fechas previstas en la presente convocatoria serán las siguientes:
  • El plazo de presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente a su publicación en el BOPMA y finalizará el 17 de abril de 2024, a las 23:59 CET.
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8.- Comité técnico de selección
Atendiendo al número de solicitudes de participación presentadas, podrá ser designado por el Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, un Comité Técnico de Selección, integrado por un grupo de personas, en número que considere conveniente el Área en base al volumen de obras, y que dispongan de cualificación técnica adecuada, al objeto de seleccionar las obras finalistas en número que el Comité considere, sobre las que finalmente deliberará y decidirá el Jurado.
Tanto en la preselección de finalistas llevada a efecto, en su caso, por el Comité Técnico de Selección, como en la elección del ganador por parte del Jurado, el criterio de valoración de las obras a emplear, consistirá en la Calidad del Texto Literario. Estableciéndose la siguiente baremación:
- Uso del lenguaje. Se valorará la riqueza, variedad, precisión y capacidad expresiva del lenguaje. Cada uno de estos extremos será puntuado de 1 a 5, siendo la valoración total del apartado un máximo de 20 puntos.
- Originalidad. Se valorará el ritmo, estructura, tema y recursos literarios. Cada uno de estos extremos será puntuado de 1 a 5, siendo la valoración total del apartado un máximo de 20 puntos. Mirada actual. Se valorará la capacidad de abordar los temas del poemario con una sensibilidad contemporánea, que su mirada poética esté en sintonía con el mundo actual. Este apartado se valorará con un máximo de 20 puntos.
- Coherencia. Se valorará que todo el poemario mantenga a lo largo de su desarrollo, en estructura, uso del lenguaje, tono y ritmo, una coherencia que le dé unidad al mismo. Este apartado se valorará con un máximo de 20 puntos.
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9.- Jurado
El Jurado será designado por el Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Marbella y estará compuesto por al menos cinco miembros de reconocido prestigio dentro del mundo de la Cultura y más concretamente de la Poesía.
- Un representante del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, con voz y sin voto.
- Secretario: con voz y sin voto, elegido entre el personal al servicio del Área de Cultura del Ayuntamiento de Marbella
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10.- Procedimiento para la concesión del premio
La concesión del premio se hará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con el criterio de valoración establecido en el punto 8 de esta convocatoria.
El procedimiento se iniciará de oficio por parte del órgano competente, debiendo publicarse el extracto de la convocatoria en el BOP, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y, en la página web www.marbella.es/web/cultura/marpoetica.html. Asimismo, tanto la convocatoria como su resolución habrán de ser publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Las solicitudes de participación se presentarán en la página web www.marbella.es/web/cultura/marpoetica.html junto con la documentación referida en el punto 5 y la obra en el formato indicado, e irán dirigidas a la Alcaldesa Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Marbella. La presentación de las mismas supondrá la aceptación de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidas en la presente convocatoria y en sus bases reguladoras. Cualquier duda sobre los mismos será resuelta por la Delegación de Cultura del Ayuntamiento de Marbella.
Tras el plazo de presentación de las solicitudes, si éstas no reúnen los requisitos exigidos o, no se acompañan de los documentos preceptivos, el órgano instructor del procedimiento requerirá a los participantes - designándolos con su código de participación, al objeto de salvaguardar el anonimato- para que, en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañe los documentos omitidos, con la indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en la Ley 39/2015. La lista provisional se publicará en la página web www.marbella.es/web/cultura/marpoetica.html y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Marbella, advirtiéndoles del plazo de subsanación de solicitudes. Tras la subsanación, se elaborará una lista definitiva de las solicitudes aceptadas, que se publicará nuevamente en el tablón de edictos el Ayuntamiento y en la página web referida.
En caso de que haya sido designado un Comité Técnico de Selección, éstos de común acuerdo seleccionarán las obras finalistas, conforme al criterio de valoración señalado en el punto 8 de la convocatoria, y pondrán en conocimiento del Jurado dicha selección.
Posteriormente el Jurado, en deliberación conjunta y de mutuo acuerdo, efectuará la valoración de las obras preseleccionadas, en su caso, o de las solicitudes presentadas —en caso de no existir Comité Técnico de Selección— conforme al criterio previsto en el punto 8 de la convocatoria, y emitirá un informe en el que se concrete, motivadamente, la obra que a su criterio ha de resultar premiada. Así mismo, podrá proponer, también de forma motivada, que se declare desierto el premio.
La ordenación e instrucción del procedimiento, conforme al art. 23 de la Ordenanza Municipal, corresponde a la Alcaldesa-Presidenta, quien a la vista del expediente y del informe del Jurado, formulará propuesta de resolución debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados, mediante su inserción en la página web www.marbella.es/web/cultura/marpoetica.html y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Marbella.
La propuesta de resolución con el acta/informe del Jurado se remitirá a la Intervención General que, una vez fiscalizada de conformidad, se elevará al órgano competente para dictar resolución, siendo éste, la Junta de Gobierno Local, si bien, por delegación de ésta, la resolución será dictada por doña Carmen Díaz García, Directora General de Cultura, Educación y Patrimonio Histórico de Marbella, y ello, sin perjuicio de la obligación de dar cuenta a la JGL más próxima.
La resolución será motivada debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte. La misma pondrá fin a la vía administrativa y se publicará íntegramente en la BDNS, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Marbella, y en la página web www.marbella.es/web/cultura/marpoetica.html.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, a contar desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga. Si transcurrido el plazo para resolver la solicitud no hubiera recaído resolución expresa, podrá entenderse desestimada, de conformidad con lo establecido en el art. 25.5 de la LGS.
Contra la citada resolución, que pone fin a la vía administrativa, los participantes podrán interponer, con carácter potestativo y según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de reposición ante el mismo órgano que dicte la resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la resolución, o bien, impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la resolución, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se estime procedente, bajo la responsabilidad del recurrente.
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11.- Publicación de la obra premiada
El autor premiado se compromete, a ponerse a disposición del Área de Cultura para la posterior promoción y difusión del premio y de la obra editada. El ganador del Premio estará invitado a formar parte del Jurado en la siguiente edición.
La relación de los títulos de las obras que han resultado finalistas se podrá consultar en la web del Ayuntamiento de Marbella: www.marbella.es/web/cultura/marpoetica.html después de hacerse público el fallo del Jurado.
La editorial Visor Libros se hará cargo de la publicación de la obra premiada. Se establece una cifra de tres mil ejemplares como primera edición y dicha edición no generará derechos de autor. De esta forma, el importe del Premio retribuye la cesión de todos los derechos de explotación de la obra premiada hasta cubrir la totalidad de la primera edición.
Con la presentación de obra al concurso, el autor consiente la divulgación de la misma en caso de resultar premiada, y tendrá la potestad para la contratación de eventuales reediciones transcurridos dos años desde la primera edición o una vez agotada la primera. El autor de la obra ganadora se obliga a suscribir el oportuno contrato de edición según los términos expuestos en estas bases y en la legislación de Propiedad Intelectual Española, y cuantos contratos y documentos sean necesarios para la protección de los derechos de explotación cedidos a Visor. De no formalizarse el contrato, por cualquier circunstancia, el contenido de las presentes bases tendrá la consideración de contrato de cesión de derechos entre la editorial y el ganador, en los términos referidos.
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12.- Obras presentadas y no premiadas
En casos excepcionales, el Área de Cultura se reserva el derecho de ponerse en contacto con posterioridad al fallo con aquellos finalistas que hubieran podido despertar el interés del Jurado.
Las obras no premiadas serán destruidas por el Área de Cultura, una vez resuelto el procedimiento y transcurrido el plazo de interposición de recursos sin que éstos hayan tenido lugar; en otro caso, la destrucción no se producirá en tanto no haya finalizado la vía revisora contencioso-administrativa.
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13.- Consideraciones legales
En todo caso, el premio quedará sometido a la normativa tributaria aplicable. El ganador del concurso no podrá recibir el abono del premio sin acreditar previamente que no se encuentra incurso en ninguna de las circunstancias que le imposibilitan para ser beneficiario de la subvención/premio, previstas en el art. 13 de la LGS y 5 de la Ordenanza Municipal, lo que llevará a efecto mediante una declaración responsable, suscrita, en caso de ser menor, por su representante legal en nombre de aquel. Así mismo para recibir el premio habrá de acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Corporación Local, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, o bien, autorizar para que el Ayuntamiento de Marbella obtenga de forma directa la acreditación de tales circunstancias, a través de certificados telemáticos.
El incumplimiento por cualquier participante de las condiciones establecidas en estas Bases, así como cualquier declaración falsa o infracción de derechos de terceros supondrá la descalificación automática de dicha participación y, en su caso, la obligación de devolver el premio si ya le hubiese sido entregado.
No podrán participar en el Concurso las personas que hayan intervenido en la organización del mismo, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad. El Área de Cultura podrá adoptar aquellas decisiones necesarias para la resolución de aquellas controversias y conflictos que pudieran surgir en el desarrollo del Concurso, y que sin perjudicar indebidamente a los participantes resulten equitativas.
El Área de Cultura se reserva el derecho de modificar y/o anular la presente convocatoria y/o sus bases, aplazar, repetir o dar por terminado el Concurso en cualquier momento, previa la correspondiente publicación, sin que los participantes puedan realizar reclamación alguna al Excmo. Ayuntamiento de Marbella por ello.
Presentarse al concurso implica la aceptación de todas y cada una de las bases de esta convocatoria, entendiéndose que, el incumplimiento de una sola de ellas podrá ser suficiente para dejar fuera de concurso la obra presentada.
Al aceptar el Premio, el participante ganador consiente automáticamente la utilización por parte del Área de Cultura de su imagen y nombre en la promoción por cualquier medio, en particular, por medios impresos, radiofónicos, televisivos, telefonía móvil o Internet, del Concurso.
El Área de Cultura no será responsable de ningún incumplimiento de cualquier norma o cualquier infracción de derechos de terceros efectuada por los participantes en el marco de su participación en el Concurso, asumiendo éstos la obligación de mantener indemne al Área de Cultura y al Ayuntamiento de Marbella en dicho caso. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse sobre la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes se someten a la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
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14.- Protección de datos personales
En cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, informamos que los datos personales proporcionados por los concursantes y en su caso, los premiados, para la participación en el concurso, son necesarios y obligatorios para poder gestionar su participación y llegado el caso, la entrega del premio. Dichos datos serán incorporados a un fichero, cuyo responsable es el Ayuntamiento de Marbella, con domicilio en plaza de los Naranjos, Marbella, Málaga, siendo utilizados con el único objeto de gestionar la participación en el Concurso, comunicación y asignación del premio, incluyendo, en su caso, la publicación en las redes sociales y demás canales de comunicación del Área de Cultura y/o el Ayuntamiento de Marbella, de cualquier información relativa a aquel.
Una vez finalizado el Concurso, el Área de Cultura conservará los datos de los participantes y del ganador que hayan dado su consentimiento para que ésta los pueda incorporar en un fichero cuya finalidad será la de informar sobre nuevas promociones y actividades del Área de Cultura. El tratamiento de datos personales será llevado a cabo de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos del Consejo y de la Comisión de la Unión Europea, 679/2016 (RGPD).
Los participantes podrán revocar el consentimiento prestado en cualquier momento, sin necesidad de justificar su decisión, y podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición dirigiéndose al Área de Cultura en plaza de Altamirano, 29601 Marbella, Málaga, España.
En todo caso, la revocación de su consentimiento durante el Concurso comportará la imposibilidad de seguir participando en el mismo. Asimismo, le informamos que podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, olvido, portabilidad, oposición y/o no tratamiento sistemático para obtención de perfiles mediante la remisión de una comunicación escrita, junto con una copia de su Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo equivalente, indicando el derecho que desea ejercitar, al Área de Cultura en la dirección postal, plaza de Altamirano, 29601, Marbella, Málaga, España, o en la dirección electrónica delegación.cultura@marbella.es. Por otro lado, los participantes se comprometen a comunicar al Área de Cultura cualquier modificación de sus datos de carácter personal a fin de que los mismos se encuentren actualizados en todo momento y no contengan errores.
El Área de Cultura o el Ayuntamiento de Marbella podrán publicar los datos personales de los Ganadores en cualesquiera medios a su disposición, tales como su web www.marbella.es o las redes sociales a fin de promocionar el Premio y garantizar la transparencia. El Área de Cultura se compromete a tratar en todo momento sus datos de carácter personal de forma absolutamente confidencial y de acuerdo con las finalidades previstas en la presente cláusula y adoptará las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de sus datos y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, todo ello en cumplimiento de los dispuesto en el Reglamento. La autoridad de control en protección de datos competente corresponde a Agencia Española de Protección de Datos, c/Jorge Juan, 6, Madrid, 28001. La mecánica del concurso exige que los datos sean facilitados de forma veraz y completa, y que sean mantenidos y actualizados gracias a la cooperación de los participantes. Si los datos de carácter personal fueran inciertos, incompletos o no actualizados, el Área de cultura y el Ayuntamiento de Marbella quedarían liberados respecto de los casos concretos, del buen fin del concurso y de cualquier consecuencia relacionada con lo anterior, llegando en último caso a la no declaración del ganador del concurso.
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